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Declaradas dos zonas de seguridad a efectos cinegéticos en el Embalse del Ebro

Declaradas dos zonas de seguridad a efectos cinegéticos en el Embalse del Ebro

Enviado por montero el 27-01-2010

Según la resolución, recogida por Europa Press, se trata en concreto de la cola del Embalse del Ebro localizada al norte del mismo junto al pueblo de Lanchares, en el municipio de Campoo de Yuso, con una superficie de 97,16 hectáreas, y la cola de este mismo embalse ubicada al sur junto al pueblo de Llano, en el municipio de Las Rozas de Valdearroyo, con una superficie de 38,20 hectáreas.
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La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria ha declarado dos zonas de seguridad a efectos cinegéticos en el Embalse del Ebro.

Según la resolución, recogida por Europa Press, se trata en concreto de la cola del Embalse del Ebro localizada al norte del mismo junto al pueblo de Lanchares, en el municipio de Campoo de Yuso, con una superficie de 97,16 hectáreas, y la cola de este mismo embalse ubicada al sur junto al pueblo de Llano, en el municipio de Las Rozas de Valdearroyo, con una superficie de 38,20 hectáreas.

Según explica la resolución, el Refugio Nacional de Aves Acuáticas del Embase del Ebro fue creado por Decreto de 8 de mayo de 1987, junto a los de las Marismas de Santoña y Rías de la Rabia y Zapedo, pasando a denominarse Refugio Regional de Fauna Cinegética del Embalse del Ebro mediante la Ley de Caza de Cantabria.

Este Refugio tiene sus límites definidos principalmente por las carreteras que lo rodean y por el límite autonómico con la provincia de Burgos, lo que hace que queden excluidas colas y arroyos que vierten sus aguas al mismo.

Sin embargo, durante el año 2008 se ha tenido constancia en la Dirección General de Biodiversidad de la problemática motivada por el riesgo que supone el ejercicio de la actividad cinegética en el entorno de las colas del embalse excluidas del perímetro del Refugio Regional, al compartir este espacio las personas que acuden a estos lugares a observar las aves desde las infraestructuras instaladas para ello y los cazadores.

La resolución explica que la cola localizada al norte del embalse junto al pueblo de Lanchares (término Municipal de Campóo de Yuso) queda integrada en un coto privado de caza en el que se practica la caza mayor y menor, mientras la ubicada al sur del embalse, junto al pueblo de Llano (término Municipal de Las Rozas de Valdearroyo), se encuentra en el momento actual en zona vedada a la caza por no haberse requerido la inclusión de estos terrenos en ningún coto de caza.

Así, y una vez visto el informe de la Sección de Protección de la Fauna Silvestre en que se propone la declaración de ambas colas del embalse como Zonas de Seguridad, y finalizado el plazo de alegaciones otorgado a las entidades afectadas (Ayuntamiento de las Rozas de Valderroyo, Ayuntamiento de Campoo de Yuso, Sociedad de Caza Las Nieves y Confederación Hidrográfica del Ebro), la directora general de Biodiversidad ha resuelto declarar como Zonas de Seguridad a efectos cinegéticos, ambas zonas.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada dentro del plazo de un mes ante el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad.

FUENTE: europa press


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