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Accidente de tráfico y animal salvaje

Accidente de tráfico y animal salvaje

Enviado por montero el 21-10-2010

Recientemente se ha obtenido por los Servicios Jurídicos de la Federación el dictado de una importante Sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, Sección Tercera -alguno de cuyos fundamentos vamos a reproducir por su importancia- que viene a ser eco de la cada vez más mayoritaria doctrina jurisprudencial existente en Andalucía sobre accidentes de tráfico causados por la irrupción en las carreteras de animales salvajes; doctrina que los Servicios Jurídicos de la FAC vienen defendiendo en los juzgados y tribunales andaluces.
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Recientemente se ha obtenido por los Servicios Jurídicos de la Federación el dictado de una importante Sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, Sección Tercera -alguno de cuyos fundamentos vamos a reproducir por su importancia- que viene a ser eco de la cada vez más mayoritaria doctrina jurisprudencial existente en Andalucía sobre accidentes de tráfico causados por la irrupción en las carreteras de animales salvajes; doctrina que los Servicios Jurídicos de la FAC vienen defendiendo en los juzgados y tribunales andaluces.

atropello-animal

 

 

 

 

 

 

 

 

Antes de continuar con el tema a tratar, desde los Servicios Jurídicos de la Federación, queremos destacar la inestimable colaboración y la siempre importante labor que desde nuestras delegaciones se realiza para la defensa de los intereses de sus sociedades federadas, federados y en definitiva de los cazadores.

De los antecedentes del caso enjuiciado por la Audiencia Provincial de Huelva, Sección Tercera, decir que se trata de un accidente de tráfico causado por el atropello de un ciervo que provenía de los terrenos de los que era titular la sociedad demandada.

El aprovechamiento cinegético de los terrenos era de Caza Menor, y de aprovechamiento secundario la caza del jabalí.

Conforme a la Disposición Adicional Novena de la Ley 17/2005 de 19 de julio por la que se reformaba la Ley de Seguridad Vial, sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado.

Destacamos de la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva Sección Tercera el Fundamento de Derecho Segundo:

<<…Con el nuevo régimen legal, no se puede atribuir la responsabilidad de un accidente de éstas características “a la simple circunstancia de ostentar la titularidad de un coto de caza, con el correlativo aprovechamiento cinegético, pues tal concesión no supone crear un riesgo extraordinario, o producir un daño desproporcionado o inaplicable, que implique una presunción de culpa, que permita el juego de la doctrina de la facilidad probatoria para descartarla; es más las zonas con proliferación de animales salvajes, ya están indicadas en la carretera con la correlativa señalización y los daños de tal naturaleza no dejan de ser un hecho frecuente de la circulación, ni tampoco cabe exigir, como deber especial, una desorbitante como imposible obligación de impedir que los animales discurran de un lado a otro de los campos. De exigirse tal deber volvemos al sistema de responsabilidad objetiva que precisamente el Legislador ha querido soslayar”…>>

Hasta ahora, y casi de forma sistemática, se viene demandando a los titulares del coto de caza que existe en las inmediaciones donde ocurre el accidente, incluso sin considerar la posibilidad de que el animal causante esté o no incluido en el Plan Técnico, que se trate o no de la acción directa de cazar, que se acredite o no una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado, pero no debemos olvidar que como indica la citada Sentencia de la Audiencia Provincial, Sección Tercera, tampoco cabe exigir, como deber especial una desorbitante como imposible obligación de impedir que los animales discurran de un lado a otro de los campos.

Esperemos que nuestros Juzgados continúen en la línea de interpretación que se va abriendo camino de forma mayoritaria, y que desde la Federación intentaremos velar porque así sea pues resulta de vital importancia para todos los cazadores la defensa de los intereses del colectivo, que redunda en beneficio de cada uno de nosotros.    

Servicios Jurídicos Federación Andaluza de Caza

FUENTE: FAC


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