Tuslances.com - Caza y Pesca

Tu espacio de Caza y Pesca en internet


Volver Volver al índice

Avalan el decreto que desarrolla la Ley de Caza de Cantabria en organización administrativa

Avalan el decreto que desarrolla la Ley de Caza de Cantabria en organización administrativa

Enviado por Tuslances.com el 16-06-2014

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado el decreto que desarrolla en materia de organización administrativa las previsiones de la Ley de Caza de Cantabria de 2006.
524 Visitas
Compartir en Whatsapp

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado el decreto que desarrolla en materia de organización administrativa las previsiones de la Ley de Caza de Cantabria de 2006.

El fallo ratifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que ya rechazó el recurso que interpuso contra el decreto la Sociedad Cántabra de Fomento de Caza y Pesca.

Ese colectivo impugnó dos preceptos del decreto de 2010 de desarrollo de la Ley de Caza, porque el reglamento hacía una clasificación de los clubes de caza que no compartía.

La sentencia explica que en esa normativa se distingue entre clubes deportivos básicos y elementales, con lo que se permite a unos ser entidades colaboradoras de la administración y acceder a subvenciones y a otros no.

Hasta que ese reglamentó entró en vigor, la sociedad que recurrió tenía acceso a las bonificaciones, concretadas en reducciones de las tasas de los carnés de socios.

Pero con la entrada en vigor del reglamento, esa sociedad dejó de cumplir los requisitos y por eso impugnó el decreto.

El TSJC rechazó sus argumentos y ahora el Supremo también lo hace, por varios motivos.

El Alto Tribunal indica primero que el recurso invoca un artículo de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común sin mucho sentido.

Añade que el recurso de casación no puede ser "una simple repetición de lo que infructuosamente se alegó en la instancia" y advierte de que los motivos que se aducen deben "contener reproches" específicamente dirigidos a la sentencia impugnada.

Y subraya que este tipo de recurso no busca fiscalizar la adecuación de la actuación administrativa de las comunidades autónomas a la legislación autonómica.

Tras señalar todo esto, el Supremo manifiesta que "no alberga ninguna duda" sobre la corrección jurídica de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que la Sociedad Cántabra de Fomento de Caza y Pesca impugnó.

"Ningún precepto de la Constitución otorga un derecho a que no cambie la regulación de una materia dada, del mismo modo que ninguno prevé que los clubes deportivos deban ser reconocidos como entidades colaboradoras de la Administración, ni menos aún que hayan de recibir necesariamente ayudas públicas", resalta la sentencia del TS.

Agrega, en contra del criterio de la sociedad, que los preceptos del decreto que combatía se aplican por igual a todos los clubes de caza y fijan una clasificación de ellos que "no puede ser tachada de irrazonable o desproporcionada".

Por eso se rechaza que se hayan conculcado los principios de igualdad o de libertad de asociación que consagra la Constitución.

El fallo impone el pago de unas costas de hasta un máximo de 4.000 euros por parte de la entidad que recurrió la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria .

 

FUENTE: EL DIARIO MONTAÑÉS


524 Visitas
Compartir en Whatsapp

No hay comentarios

Escribe un comentario



Los comentarios aquí publicados no reflejan de ningún modo la opinión de Tuslances.com. Este blog se reserva el derecho a eliminar los mensajes que no considere apropiados para este contenido. AVISO: La IP de los usuarios queda registrada, cualquier comentario ofensivo será eliminado sin previo aviso.

Este espacio tiene unos criterios de moderación independientes a Tuslances.com y a sus foros públicos, serán los editores de este espacio los responsables de las acciones de control de los comentarios de este canal y será a ellos a los que habrá que realizar las reclamaciones que sean oportunas.



Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar tu experiencia y nuestros servicios analizando la navegación en nuestra web. Si continúas navegando, consideramos que aceptas la Política de Cookies x