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El Supremo deja en el aire el futuro de la pesca en los cotos intensivos de La Rioja

El Supremo deja en el aire el futuro de la pesca en los cotos intensivos de La Rioja

Enviado por Tuslances.com el 19-05-2016

El fallo obliga al Estado a incluir la trucha arco-iris como especie invasora, lo que limitaría su pesca y su transporte y obligaría a matar las piezas pescadas
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El 16 de marzo la Sala tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, soliviantó a miles de pescadores de todo el país. Se pronunciaba sobre la demanda presentada por Coda-Ecologistas en Acción, la Sociedad Española de Ornitología (SEO) y la Asociación para el estudio y mejora de los salmónidos y que solicitaba la nulidad del Real Decreto 630/2013, que regula el catálogo de especies exóticas invasoras por vulnerar la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

A lo largo de 60 páginas, la sentencia aborda las cuestiones planteadas (que incluyen hongos, algas, diferentes especies de peces, e incluso una cabra africana afincada en Murcia, el arruí) para concluir en la necesidad de modificar unas partes y anular otras de ese Real Decreto «por ser disconforme con el ordenamiento jurídico».

El Supremo deja en el aire la pesca en los cotos intensivos de La Rioja

TEMPORADA 2016

Río Tirón

1.- Tormantos: Del límite con Burgos al puente de Leiva.

2.- Anguciana: Desde 1.500 metros aguas abajo de Tirgo hasta el inicio del Coto Intensivo de Anguciana. Inferior: Desde el final del Coto Intensivo de Anguciana hasta la presa de Arrauri.

Río Neila

3.- Neila: Del límite con Burgos a Villavelayo.

Sin muerte: Tramos 5, 6 y 7.

Río Urbión

4.- Urbión: Del 'Casuco Antón' a la desembocadura del río Ventrosa.

Sin muerte: Tramos 3, 4, y 5.

Río Brieva

6.- Brieva: Sin muerte. Tramos 1 a 4.

Río Najerilla

5.- Las Viniegras: De la presa de Piarrejas al Arroyo de las truchas. Tramos 1, 2 y 4. Sin muerte: Puente de Viniegra - Refugio de Paramanos. Tramo 3; Sin muerte (1-31 de agosto): Tramos 1, 2, 3 y 4.

7.- Anguiano: De la central hidroeléctrica de Anguiano al límite municipal de Baños de Río Tobía. Sin muerte: Tramos 5, 6, 7 y 8. Sin muerte (1-31 agosto): De la central hidroeléctrica de Anguiano al límite con Baños.

8.- San Asensio: De la desembocadura del río Yalde a la del Najerilla.

Río Iregua

9.- Lumbreras: De 500 metros aguas arriba del puente de las cocheras a la desembocadura del río Iregua.

10.- Villanueva: Del arroyo de Aldeanueva de Cameros al puente del Mascarán. Sin muerte: Tramos 1, 2, 3 y 4.

Sin muerte (1-31 agosto): arroyo de Aldeanueva a puente del Mascarán.

11.- Viguera: De la central hidroeléctrica de Panzares a la presa de la toma de aguas de Logroño.

Sin muerte: Presa de la toma de aguas de Logroño a Puente de Nalda.

Sin muerte (1-31 de agosto): Central hidroeléctrica de Panzares a Puente de Nalda. .

Río Cidacos

12.- Peroblasco: Del barranco Las Bargas al puente del Balneario.

Embalse acotado

13.-Pajares: Embalse de Pajares.

Cotos intensivos

14.- Anguciana: De la desembocadura del canal denominado 'Bartolillo' a la del río Ea.

15.- La Grajera: Embalse de La Grajera.

16.-El Perdiguero: Embalse de El Perdiguero.

El punto que más polémica ha suscitado y, el que ha enfadado a los pescadores deportivos de España, es la consideración como especie exótica invasora de la carpa común y de la trucha arco-iris. No es una situación nueva. El primer catálogo de especies exóticas (que data del 2011) ya les incluyó, pero en el 2013 la norma ahora corregida por el Supremo les excluyó. La sentencia considera «acreditado el carácter invasor y la amenaza grave de las especies» a las que hace referencia y conmina al Ministerio a hacer efectivo el fallo. La Rioja, en su momento, presentó alegaciones a la redacción de la ley y del decreto. Fueron obviadas.

Pero, ¿qué efectos prácticos tiene el fallo? ¿A quién afecta? ¿Dónde están la trucha arco-iris y la carpa común en La Rioja? ¿Y las piscifactorías? Las interpretaciones son muchas. Siempre prudentes. Atendiendo a la literalidad del fallo, estará prohibida la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, que es lo que indicaba la ley del 2007 que había que hacer con las especies invasoras. De igual manera, los pescadores no podrían devolverlas al río (no se podría practicar la pesca sin muerte) creando así una especie de círculo vicioso legal que podría convertirse en fuente de sanciones para los pescadores.

A la hora de circunscribir el problema a La Rioja, el director general de Medio Natural, Miguel Urbiola, especifica que la carpa sí está presente en el Ebro pero que en los ríos riojanos no hay trucha arco-iris, cuyo 'hábitat' en la región son los cotos intensivos -Anguciana, El Perdiguero y La Grajera, además del González Lacasa- en donde periódicamente el Ejecutivo regional realiza repoblaciones con ejemplares estériles de esta especie (que la sentencia también viene ahora a prohibir).

En defensa de la pesca

El primer efecto de la sentencia ha sido la puesta en marcha de la 'Plataforma en defensa de la pesca', un ente multisectorial que aglutina a quienes se consideran afectados por el fallo y que reclama la suspensión de la sentencia y la modificación de la Ley 42/2007 y del real decreto de especies exóticas invasoras. La Federación Riojana de Pesca se adhirió a esa organización, que ha convocado el próximo 5 de junio una manifestación en Madrid. José Carlos San Juan es el portavoz de la Federación.

San Juan se muestra muy crítico con la normativa, augura importantes consecuencias económicas en la región (en todos los sectores) y defiende la necesidad de una normativa que se adapte a la realidad de La Rioja. Eludiendo interpretaciones de la sentencia, recuerda que en otros países se ha diferenciado entre «especies exóticas y naturalizadas» y considera que en esta segunda categoría entrarían la carpa, «que la introdujeron los romanos», y la trucha arco-iris. «Lo que solicitamos es la modificación de la Ley 2007 y que se resuelvan las contradicciones que hay», añade.

En su argumentario, la Plataforma asegura que el fallo supondrá «una catástrofe económica en diferentes sectores», habla de «irracionalidad» de una norma que «condena a la erradicación de especies que conviven con nosotros desde hace casi dos mil años» y que durante este tiempo «han creado un equilibrio ecológico» y que, a la postre supondrá «la erradicación del colectivo de pescadores».

En ese sentido, San Juan recuerda que ellos realizan pesca deportiva (hay unos 600 federados en la región) y que devuelven los ejemplares al río, algo que la sentencia prohibiría y les obligaría a matar a las truchas arco-iris y a las carpas capturadas. Además, incide, provocaría la suspensión de todas las competiciones deportivas (alguna, incluso, ya se ha caído del calendario) y el fin, dice, de la cultura naturalista que difunden las escuelas de pescadores.

El Supremo deja en el aire la pesca en los cotos intensivos de La Rioja

Desde Medio Natural, Urbiola se muestra cauto, recuerda que se trata de normas estatales, que las comunidades no tienen margen de interpretación o de aplicación. No obvia que las especies exóticas invasoras pueden romper el equilibrio, pero recuerda que «La Rioja, desde hace más de 15 años, no repuebla con trucha arco-iris, sino con trucha común procedente de la piscifactoría de Brieva». Además, y en lo que a las sueltas de trucha arco-iris se refiere, se hacen en embalses cerrados y con ejemplares estériles.

También asumen que la sentencia haría inviables los campeonatos de pesca con especies exóticas ya que no se permite ni su fomento ni su pesca sin muerte, no se podrían realizar sueltas de trucha arco-iris, y podrían desaparecer los cotos intensivos. Desde Medio Natural, la semana pasada y después de reunirse con el Ministerio, convocaron a un encuentro a todas las cofradías y clubes de pescadores para transmitirles que, de momento, optarán por la prudencia a la espera de una solución consensuada y equilibrada que beneficie a todas las partes.

 

FUENTE: LARIOJA.COM


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