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CONSTITUCION DE REHALA
03-02-2011 18:05
Estimados aficionad@s,

Finalizando esta temporada y como consecuencia de la crisis y precio que trae acarreda la afición he decidido contituir una rehala. Pero después de ver toda la documentación que hace falta y edificaciones a realizar me lo estoy pensando.

Resumen de lo que se necesita para entrar en la legalidad:

Núcleo zoológico

Una inmensa mayoría de las comunidades siguen sin haber regulado esta cuestión por lo que se deben regir por lo establecido en el Decreto 1119/1975 y la Orden del 28/07/80, en las que si lo han hecho o están en vías de desarrollarlo las podemos resumir:

La obligación se extiende cuando se albergan 6 o mas perros.

Con carácter previo al comienzo de su actividad los núcleos zoológicos deberán obtener:
1. Licencia municipal de inicio de actividad. Este es el punto más conflictivo para poder disponer de la autorización del núcleo zoológico ya que por mucho que podamos suavizar las normas estatales o de las comunidades en este punto entramos en conflicto con las normas urbanísticas de cada municipio.
2. Memoria descriptiva de la actividad donde se indique entre otros la finalidad, la situación, croquis de los alojamientos.
3. Contrato formalizado con un servicio veterinario.
4. Relación de las especies a albergar y su censo.
5. Sistema propuesto para la eliminación de cadáveres, de los residuos de material y productos zoosanitario y de medicamentos veterinarios, de estiércoles, materias contumaces y otros residuos.
6. Programa de higiene de las instalaciones, equipos y medios de transporte.
En cuanto a las condiciones y requisitos de los núcleos zoológicos podríamos resumirlos:
1. Los establecimientos estarán dotados de agua en cantidad y calidad suficiente para garantizar la limpieza e higiene de las instalaciones.
2. Las instalaciones deberán proporcionar un ambiente higiénico-sanitario apropiado.
3. Deberán disponer de medios suficientes para la limpieza y desinfección de las instalaciones, materiales y medios de transporte.
4. Las instalaciones y equipos deberán garantizar unas condiciones adecuadas de confort de los animales, tanto en el lugar de alojamiento como en los espacios dispuestos para el esparcimiento, el ejercicio físico o para evitar el contagio en los casos de enfermedad.
5. En las instalaciones al aire libre deberán disponer de una caseta de reposo o refugio.
6. Dispondrán de espacios adecuados para que los animales puedan realizar ejercicios cuando los periodos de estancia de los mismos sean prolongados.
7. La superficie mínima por animal será 0.10 m2 por cada Kg. De peso vivo y la altura mínima 1.8 veces la altura del animal, y una superficie mínima de área de recreo de entre 2 y 6 metros dependiendo del tamaño del perro.
8. Deberán estar construidos con materiales impermeables, fácilmente lavables, resistentes.
9. Los techos y paredes serán de superficie lisa y los suelos no deslizantes, lisos y aptos para soportar la actividad de los animales y las operaciones de limpieza.
10. Se contará con un sistema para la eliminación de los cadáveres, de estiércoles, materias contumaces y cualquier otro residuo que se pueda generar.
11. Se contará con un programa de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización.
12. Se deberá disponer de un veterinario responsable de la elaboración del programa de profilaxis veterinaria.

Documentación

1. Debes llevar la cartilla de todos los perros en perfecto orden con sus vacunaciones en regla y todos tus perros deben ir identificados con el oportuno microchip.
2. Si tienes perros considerados peligrosos deberás disponer de la licencia para la tenencia de perros peligrosos. La autorización para la tenencia de perros peligrosos debe tramitarse ante el Ayuntamiento donde se reside (ser mayor de edad, Aportar certificado de antecedentes penales para acreditar no haber sido condenado... Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de de animales potencialmente
peligrosos.
3. Acreditación de la formalización de un seguro de RC.
4. Deberás sacar la licencia de rehala.
5. Aconsejable disponer de un seguro de R.C. ya que los perros pueden ocasionar algún problema y si no dispones de seguro tendrás que correr tú con todos los gastos.
6. Los remolques se deben legalizar en tu consejería de agricultura y sanidad animal, donde te medirán el remolque te cobrarán la tasa oportuna y te expedirán la autorización correspondiente tanto para el vehículo como para el los transporta. El decreto 751/2006 a nivel nacional establecía este requisito concediendo un plazo de 24 meses.
7. Junto con la autorización del remolque te entregaran un libro donde todos los días anotaras al lugar donde vas a cazar, la hora de salida, el número de perros, etc.
8. Los remolques de acuerdo al famoso RD 1559/2005 deberán ir limpios y desinfectados con el consiguiente talonario de desinfección y las jaulas precintadas hasta el destino. La guía de desinfección te la entregaran o bien en un centro oficial de desinfección o bien posiblemente te autoricen a tener un centro de desinfección en tu núcleo zoológico, si quieres conseguir tener un centro de desinfección entre otros requisitos deberás tener el carné de manipulador de productos plaguicidas.
9. Hay comunidades que para poder transportar los perros te exigen haber realizado un curso sobre "bienestar animal en el transporte de ganado".
10. Indicarte que como bien sabes la Asociación tiene recurrido el famoso RD 1559/2005 en especial por la consideración que nos hacen a las rehalas como animales de producción, pero hasta tanto no se resuelva lo anterior es lo que te pueden exigir en cualquier comunidad o a cualquier sitio donde vayas a cazar.



Resido en Andalucía, decirme lo que puedo ignorar y lo que debo cumplir, ya que veo que esto no esta muy claro.

Un saludo.
avatar Re: CONSTITUCION DE REHALA
03-02-2011 18:28
Gracias Jabato por la información, ahora no veas lo que se necesita.



Re: CONSTITUCION DE REHALA
03-02-2011 21:11
Siento no podre ayudarte amigo Jabato, pero yo desde que resido aqui, estoy pegado del tema.
avatar Re: CONSTITUCION DE REHALA
08-02-2011 15:41
Hola jabato, he estado hablando esta mañana con un veterinario y me va a mandar por email toda la documentación que se necesita para crear o constituir una rehala y la normativa que regula la creación de rehalas en Andalucía.

En tu O.C.A. (Oficina Comarcal Agraria) más cercana te pueden ayudar y asesorarte bien en este tema, ya que desde las OCAS se tramitan algunos de los papeles que hacen falta. Además ellos tienen allí todos los impreso y modelos necesarios para las solicitudes.

A bote pronto, lo que hace falta es solicitar en las OCAS la autorización de núcleo zoológico (perreras deportivas) y la autorización de transporte de rehala. Estas dos cosas son competencia de la Consejería de Agricultura, por eso te lo tramitan en la OCA.

Y competencia de la Consejería de Medio Ambiente es la licencia de caza específica de rehala, que también es necesaria.

Luego otro requisito para crear una rehala es tener un seguro de responsabilidad civil.

Ahora también están entrando en pedir a los rehaleros o perreros un curso de aplicador de biocidas. ya qu en teoría, cada vez que saques a los perros del remolque tienes que fumigar el carro o remolque donde van metidos.

Mínimo de perros para una rehala creo que son 15 perros.

Ya te digo, en cuanto tenga la información la cuelgo aquí para que todos podamos verla. Pero a bote pronto eso es lo que piden en ANdalucía para hacer o constituir una rehala.



Editado 1 vez/veces. Última edición el 02/04/2011 16:49 por montero.
avatar Re: CONSTITUCION DE REHALA
23-02-2011 00:54
Madre de dios, que cantidad de cosas
Hola buenos diaa yo queria saber si hace falta para dar un gancho con 2 perros hace falta tener licencia de rehala . Soy de salamanca eske no lo sabemos y puede q nos hallan denunciado "ojala q no" gracias
Re: CONSTITUCION DE REHALA
10-02-2013 16:05
hola jabato yo e tenido rehala y es muy jodido te piden muchisimas cosas como vacunar de rabia todos los años cuando la vacuna es efecticva, dos d donde ers exactamente te puedo dar el telefono para el seguro de rehala no se como estara de precio pero 150 euro minimo para 24 perros incluidos los denominados peligrosos busca un veterinario de confianza que te lleve los perros el se el se puede encargar del tema de eliminacion de cadaveres, las heces los normal es o bien una fosa septica o el alcantarillado de agua fecales,debes tener una perrera aparte una cosa normal con una caseta y vallada vale y alejado unos metros de la principal para los perros enfermos o heridos los perros si los tienes en jaulas independients o o 2 o 3 por perrera mejor eso si el dia que vallan a verla los tienes que tener sueltos agua limpia un pequeño botiquin no se si te ayudado en algo pero si tienes alguna pregunta aki estoy saludos
Hola Jabato
Quería preguntarte que si yo con 3 perros que tengo puedo ir a echar un gancho con ellos sin tenerlos como rehala . Los 3 perros tiene microchip y todas sus vacunas
Re: CONSTITUCION DE REHALA
13-07-2020 19:18
La rehala minimo son 15 perros,para cazar tu entre amigos solo necesitas la licencia de caza mayor
avatar Re: CONSTITUCION DE REHALA
13-07-2020 19:43
la administración como siempre, facilitando las cosas... que asco de burocracia.
Re: CONSTITUCION DE REHALA
25-10-2020 05:18
Hola buenas yo tengo una duda, para constituir una rehala si tengo casas de vecinos cerca hay algun problema?
De todos los cursos de biocida cual es el que ahí que tener?
avatar Re: CONSTITUCION DE REHALA
30-11-2020 22:35
[www.desveda.info]



Juzgar a una persona no define quien es ella, define quien eres tu.

No mires a nadie hacia abajo a menos que sea para ayudarle a levantarse.
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