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Legislación y Normativa de Caza

Derecho de paso?
12-02-2022 00:34
Mi coto está compuesto de monte de utilidad públicas y fincas particulares. En una zona de ese monte de utilidad pública hay una gravera donde se explota la extracción de arena. Siempre hemos cruzado dicha explotación con los coches para llegar a la parte alta del Coto. Ahora la persona que tiene adjudicada la exploración de la gravera nos prohibe pisar dentro de la explotación. Me gustaría saber si nos tiene que dejar pasar o nos lo puede prohibir? Tanto la gravera como el coto comparten monte de utilidad pública y el titular del terreno es el mismo
Re: Derecho de paso?
12-02-2022 11:23
Lo suyo es que prohíba el paso a toda persona ajena a la explotación o empresa, incluso puede que por normativa tenga la obligación de vallar el perímetro para intentar evitar posibles accidentes.

Lo que no puede prohibir ni hacer es cortar un camino público de acceso a otras zonas. La propiedad y gestión de esos caminos corresponde al Ayuntamiento, en caso de problemas ahí es donde tenéis que acudir. Creo que no es legal cortar un camino de acceso sin proporcionar otro con esos fines.
avatar Re: Derecho de paso?
13-02-2022 10:09
Como dice Milano, si existe una servidumbre de paso no puede cortar el camino. Evidentemente por seguridad debe cortar el acceso a la explotación, pero nunca cortando una servidumbre.



Re: Derecho de paso?
13-02-2022 10:42
Yo entiendo que si el hombre tiene la cantera, y maquinaria como los molinos, las cargadoras y alguna caseta con herramientas y repuestos para las máquinas, y la oficina, él no quiera ver a nadie por allí por si le entran a robar.
Si el camino es privado y muere en la cantera, si quiere, no podréis pasar. Pero si el camino continúa y da acceso a otras fincas, entonces hay servidumbre aunque pase por enmedio de la explotación y no lo puede cortar, eso es lógico.
Hablar con el tío a ver qué pasa, o como dice Milano, en el Ayuntamiento pronto saldréis de dudas.
Un saludo.
Re: Derecho de paso?
14-02-2022 05:33
El problema es que el camino de servidumbre lo enterró el con una escombrera y ahora no quiere que pasemos por el camino suyo
Re: Derecho de paso?
15-02-2022 13:36
Entiendo que la titularidad del camino debe ser municipal, pues el responsable subsidiario es el ayuntamiento, instancia del presidente del coto al ayuntamiento pidiendo que se reestablezca el camino o se cree uno alternativo, así como denuncia a medio ambiente por la destrucción del camino. Si no es del ayuntamiento, al organismo que corresponda. Ya se encargaran ellos de reclamar al arrendatario.
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