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Andalucía pone en marcha medidas para reducir la población de conejo silvestre y evitar daños en la agricultura

Andalucía pone en marcha medidas para reducir la población de conejo silvestre y evitar daños en la agricultura

Enviado por Tuslances.com el 24-07-2015

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha declarado un conjunto de medidas cinegéticas para controlar el incremento de las poblaciones de conejo silvestre y evitar daños en la agricultura.
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La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha declarado un conjunto de medidas cinegéticas para controlar el incremento de las poblaciones de conejo silvestre y evitar daños en la agricultura.

Las actuaciones dirigidas a reducir las poblaciones de esta especie se realizarán en un total de 138 términos municipales de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén, Granada, Málaga y Sevilla.

Según ha explicado la Consejería en una nota de prensa, también habrá limitaciones para la caza de este animal en zonas donde las poblaciones han quedado diezmadas.

Según datos obtenidos en el marco del Programa de Seguimiento de Especies Cinegéticas de Caza Menor en Andalucía, se ha constatado una tendencia regresiva de los efectivos poblacionales de esta especie en nuestra Comunidad, a causa de la nueva variante de la enfermedad hermorrágica vírica (RHV).

En base a ello, y para adaptarse a las actuales circunstancias de este logomorfo en el último Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad se ha acordado modificar para la presente temporada su período hábil de caza, además de establecer un cupo de 5 conejos durante el mes de noviembre.

Sin embargo, en las áreas donde las poblaciones de conejos se mantienen en niveles de altas densidades causando importantes daños en cultivos agrarios y provocando pérdidas en la producción, se ha optado por continuar con las medidas excepcionales para su control a través de la emergencia cinegética.

En el marco de estas actuaciones, la captura se podrá realizar en vivo con hurón y redes, y mediante capturadero durante toda la temporada cinegética. Cuando se realice con armas de fuego o con aves de cetrería, el periodo hábil se amplía desde el 3 de diciembre hasta el 24 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos. Para el empleo de perros, dicho periodo abarca desde el 3 de diciembre hasta el 14 de febrero.

No obstante, las Delegaciones Territoriales competentes podrán autorizar excepcionalmente el empleo de otros medios de captura, de acuerdo con lo contemplado en la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres.

Asimismo, a lo largo del nuevo periodo hábil de caza del conejo que en esta ocasión transcurre desde el 9 de agosto al 29 de noviembre, se aplicarán las medidas contempladas en los planes técnicos de caza, así como las fijadas en la orden de 5 de junio de 2015, en la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para facilitar la efectividad de estas medidas, se suspenden tanto las autorizaciones de control de daños por depredadores, con excepción de los perros y gatos asilvestrados, como la suelta y repoblación de conejos silvestres, incluidos y autorizados en los planes técnicos de caza en vigor que se acojan a esta resolución.

Cuando el destino de los conejos capturados sea para la repoblación de otros cotos, deberán adoptarse medidas preventivas, así como cumplir la normativa vigente en materia de sanidad animal, transporte y comercialización en vivo de especies cinegéticas.

 

Descarga: Resolución de 3 de julio de 2015, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales por daños de conejos silvestres en varios términos municipales de las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla

 

FUENTE: EUROPA PRESS


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