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Comunicado de la Federación de Caza de Castilla y León

Comunicado de la Federación de Caza de Castilla y León

Enviado por Federación de Caza de Castilla y León el 02-03-2019

En relación al Auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla y León con sede en Valladolid, por el que se suspende cautelarmente el Decreto 10/2018 que regula las especies cinegéticas y de facto suspendería la caza en Castilla y León, y tras las reuniones de urgencia mantenidas con el Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente y representantes políticos en las Cortes regionales, esta Federación puede informar de lo siguiente:
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En relación al Auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla y León con sede en Valladolid, por el que se suspende cautelarmente el Decreto 10/2018 que regula las especies cinegéticas y de facto suspendería la caza en Castilla y León, y tras las reuniones de urgencia mantenidas con el Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente y representantes políticos en las Cortes regionales, esta Federación puede informar de lo siguiente:

1. En tanto se confirme o no la eficacia del auto de la sala del TSJ de Castilla y León, la actividad cinegética se mantiene en la región.

2. Es absolutamente necesaria la publicación urgente de una nueva norma perfectamente fundamentada y de alto rango que “blinde” las especies cinegéticas en Castilla y León, para que existan garantías de que la caza se va a poder seguir desarrollando con normalidad en un futuro próximo.

Existe la firme voluntad así trasladada desde el ejecutivo y el principal grupo político que lo sustenta, de dictar las normas necesarias que garanticen la caza, que consideran un bien fundamental estratégico para los intereses de Castilla y León.

3. La Federación de Caza de Castilla y León tiene la firme convicción de que el resto de grupos políticos de la Cámara apoyarán las iniciativas que se adopten en defensa de la práctica cinegética, tal y como hicieron en la reciente proposición no de ley de apoyo a la caza aprobada, prácticamente por unanimidad, en las Cortes.

4. Que aunque es obligado ser respetuoso con las decisiones judiciales, también es necesario dar a conocer a toda la sociedad de Castilla y León que esta Sala lleva muchos años golpeando de forma sistemática los intereses de cazadores, agricultores y ganaderos de Castilla y León en relación a la caza y que esto es algo inédito en España.

5. Que este tipo de interpretaciones judiciales de la norma, que a nuestro entender bordean la prevaricación, se propician por la sistemática persecución que grupos fanáticos y radicales anticaza ejercen sobre la actividad cinegética.

6. Que desde esta Federación se ha denunciado con dureza a la Junta de Castilla y León cuando se han hecho las cosas mal, pero en este caso no podemos hacerlo conociendo los pasos, tanto formales como técnicos, que ha seguido la Administración para fundamentar perfectamente la norma, y los inconsistentes motivos del Auto de suspensión.

7. Reiteramos que el citado Auto se acompaña del voto particular del que hubiera sido su magistrado ponente, sustituido por su oposición al criterio mayoritario del Tribunal, en el que se plantea una oposición rotunda y bien fundamentada en base a la doctrina del Tribunal Supremo y lo siguiente:

- El Auto no respeta el principio de presunción de validez de la norma cuya suspensión se solicita ni exige al PACMA justificación de los perjuicios irreparables que alega en su petición al tiempo que niega valor al informe de la Administración que sí demuestra los perjuicios de esta suspensión.

- El Auto, sin entrar en el fondo del asunto, y causando indefensión a la otra parte, invierte la carga de la prueba y parte de la consideración preconcebida de que no se ha justificado el estado de conservación de las especies, suspendiendo el Decreto.

En base a lo anterior, la Federación de Caza está estudiando posibles acciones penales contra la presidenta de la Sala de este Tribunal por prevaricación.

Estos hechos se pondrán en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial a los efectos disciplinarios oportunos.

8. No por reiterado conviene dejar de recordar el desprecio a las gravísimas consecuencias que en términos económicos, sociales o de seguridad hacia las personas y sus bienes tienen estas decisiones, que ya son bien conocidas por la opinión pública tras las reiteradas llamadas al sentido común que se han hecho en varias ocasiones desde esta Federación y las Organizaciones Agrarias.

9. Los intereses conservacionistas que todos defendemos son muy legítimos, pero otros que afectan a las personas y sus bienes también lo son y no podemos permitir que el fanatismo que se ha instalado en un sector minoritario de la sociedad imponga su ideología a través de las instituciones.


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  • #1 Salvador

    Tienses toda la razón hay que tomar medidas judicilaes contra esta resolución.

    10/03/2019 12:52

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