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La UNAC edita una infografía sobre la mixomatosis en la liebre

La UNAC edita una infografía sobre la mixomatosis en la liebre

Enviado por Real Federación Española de Caza el 15-02-2019

La Unión Nacional de Asociaciones Caza (UNAC) ha elaborado una infografía sobre la mixomatosis en la liebre con el fin de alcanzar al mayor número de cazadores, ganaderos, agentes de medio ambiente, guardas rurales y demás personas que realicen actividades en el medio rural.
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La Unión Nacional de Asociaciones Caza (UNAC) ha elaborado una infografía sobre la mixomatosis en la liebre con el fin de alcanzar al mayor número de cazadores, ganaderos, agentes de medio ambiente, guardas rurales y demás personas que realicen actividades en el medio rural.

La semana del 20 de julio de 2018 en Andalucía, como consecuencia del programa de vigilancia pasiva de fauna silvestre, se detectaron mortandades anormales en liebres (Lepus granatensis) a consecuencia de la mixomatosis. Desde entonces, esta enfermedad se ha diseminado por 24 provincias (9 comunidades autónomas) de la geografía española, llegando recientemente incluso hasta las Islas Baleares.

La UNAC, sensibilizada por una especie de nuestro patrimonio natural cinegético tan emblemática como la liebre, ha editado junto con la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación una infografía sobre la mixomatosis en la liebre.

Conscientes de las dificultades que un virus en el medio natural tiene, el objetivo del documento es contribuir a la sensibilización y detección temprana de la enfermedad, gracias a la colaboración de los agentes sociales del medio rural. En este sentido, se informa sobre las medidas a tomar en el caso de encontrar algún ejemplar enfermo o muerto en extrañas circunstancias.

Por otra parte, entre las principales recomendaciones de la UNAC está la de evitar repoblaciones, sueltas o traslocaciones de conejos o liebres debiendo, en cualquier caso, atender a lo establecido en el Real Decreto 1082/2009 por el que se establecen los requisitos de sanidad animal para el movimiento de animales de explotaciones cinegéticas, de acuicultura continental y de núcleos zoológicos, así como de animales de fauna silvestre; o a las restricciones que en cada momento establezca la normativa al respecto.


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