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La orden de vedas de caza de Cantabria para temporada 2017-2018 incrementa del cupo del jabalí

La orden de vedas de caza de Cantabria para temporada 2017-2018 incrementa del cupo del jabalí

Enviado por Tuslances.com el 23-03-2017

El 1 de abril entrará en vigor la orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación que regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2017-2018 en Cantabria, excepto en la Reserva Regional de Caza Saja, y cuya principal novedad es el incremento del cupo del jabalí.
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La principal novedad para los cotos de caza es el aumento de los aprovechamientos de jabalí para regular las poblaciones de esta especie y reducir los riesgos que el incremento de su abundancia supone por los daños que provoca en praderías y cultivos, los accidentes de tráfico y las implicaciones en la sanidad animal.

Por ello, la orden incluye el aumento con carácter general del cupo de captura de jabalíes en cada batida en los cotos de caza, pasando de 5 a 8 ejemplares, y el incremento en el número de batidas autorizadas en los cotos de caza de la zona costera, que podrán realizar dichas batidas todas las semanas durante el período hábil que se extenderá desde el 3 de septiembre de 2017 al 11 de febrero de 2018.

Según la orden, publicada este jueves en el Boletín Oficial de Cantabria y consultada por Europa Press, se permite la caza mayor de jabalí, ciervo o venado (Cervus elaphus), corzo (Capreolus capreolus) y lobo (Canis lupus).

En caza menor se permite conejo (Oryctolagus cuniculus), liebre (Lepus europaeus, L. granatensis, L.castroviejoi), zorro (Vulpes vulpes), perdiz roja (Alectoris rufa), faisán común (Phasianus colchicus), codorniz (Coturnix coturnix), zorzal alirrojo (Turdus iliacus), zorzal charlo (Turdus viscivorus), zorzal real (Turdus pilaris), zorzal común (Turdus philomelos), estornino pinto (Sturnus vulgaris), urraca (Pica pica), corneja negra (Corvus corone) y becada o sorda (Scolopax rusticola).

Igualmente se podrá cazar ansar común (Anser anser), ánade real (Anas platyrhinchos), ánade friso (Anas strepera), ánade silbón (Anas penelope), pato cuchara (Anas clypeata), cerceta común (Anas crecca), porrón común (Aythya ferina), focha común (Fulica atra), agachadiza común (Gallinago gallinago), avefría (Vanellus vanellus), gaviota patiamarilla (Larus cachinans), paloma bravía (Columba livia) y paloma torcaz (Columbus palumbus).

Durante la temporada cinegética 2017-2018 estará vedada la caza del rebeco (Rupicapra pyrenaica), la tórtola común (Streptopelia turtur), el pato colorado (Netta rufi na) y la paloma zurita (Columba oenas).

Se podrá cazar becada y paloma torcaz y perreo de becada desde el 12 de octubre al 11 de febrero de 2018 (ambos incluidos). El perreo de becada irá desde el 18 de febrero al 11 de marzo.

Para la liebre se establecen dos períodos: del 12 de octubre al 24 de diciembre y con perreo, del 12 de octubre al 29 de enero de 2018.

El zorro se podrá cazar desde el 12 de octubre al 11 de febrero de 2018; la perdiz roja, del 12 de octubre al 24 de diciembre; y el resto de especies de caza menor, desde el 12 de octubre al 28 de enero de 2018.

Mientras, la caza del jabalí y del lobo va desde el 3 de septiembre al 11 de febrero de 2018; y el perreo del jabalí desde el 1 de julio hasta el 29 de agosto y desde el 1 hasta el 29 de marzo de 2010, ambos inclusive.

Para el corzo se establecen tres períodos de caza: del 1 de abril al 2 de julio para corzos machos en la modalidad de rececho; del 3 de septiembre al 8 de octubre también para corzos macho en la modalidad de rececho; y del 11 de enero al 11 de febrero para corzos hembra, tanto en la modalidad de rececho como en la de batida.

La caza del venado estará permitida desde el 3 de septiembre al 31 de diciembre de 2017. Los aprovechamientos máximos de las especies indicadoras en cada coto serán establecidos por la Administración e incluidos en el formulario del PTAC en los términos recogidos en la Orden 9/2003 y en esta Orden Anual de Caza. El titular del coto de caza estará obligado a cumplimentar la totalidad de los apartados que le competen y a devolver la propuesta del PTAC a la Administración para que ésta la evalúe y dicte la Resolución que corresponda. 

 

FUENTE: EUROPA PRESS


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