Tuslances.com - Caza y Pesca

Tu espacio de Caza y Pesca en internet


Volver Volver al índice

El brote de gripe aviar en Europa provoca la prohibición de caza de aves acuáticas con cebos vivos

El brote de gripe aviar en Europa provoca la prohibición de caza de aves acuáticas con cebos vivos

Enviado por EFE el 19-12-2016

La consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha emitido una resolución por la que prohíbe el uso de cebos vivos a la hora de cazar aves acuáticas, ante el brote de gripe aviar del que se han documentado casos en países como Francia.
2028 Visitas
Compartir en Whatsapp

La consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha emitido una resolución por la que prohíbe el uso de cebos vivos a la hora de cazar aves acuáticas, ante el brote de gripe aviar del que se han documentado casos en países como Francia.

La resolución, que reproduce en su web oficial la Federación Andaluza de Caza, se refiere a la aparición de un "nuevo y grave brote de Gripe Aviar (Influenza Aviar H5N8) en Europa, con varios casos confirmados en Francia", lo que ha provocado la prohibición temporal en toda España del uso de cimbeles vivos para la caza de Acuáticas. 

Así, la Junta ha emitido la citada resolución, por la que se suspenden las autorizaciones a las excepciones recogidas en el Artículo 5.4 de la Orden APA/244272006, que en la práctica supone la prohibición temporal del uso de cimbeles vivos.

La Federación señala que está analizando el contenido de esta Resolución, dictada por razones de sanidad pública, de modo que informará detalladamente de ésta en los próximos días una vez se desglose y estudie.

Para la Junta, "tras la confirmación de varios nuevos casos en Francia y ante las características y factores de riesgo de la Comunidad Autónoma hacen que se considere alto el riesgo de aparición de la citada enfermedad en Andalucía, por lo que ante la situación epidemiológica de riesgo" se ordena la suspensión del uso de cimbeles vivos.

La misma resolución cita que "queda prohibida la presencia de aves de corral en los centros de concentración de animales definidos en el artículo 3.7 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales".

 

FUENTE: EFE


2028 Visitas
Compartir en Whatsapp

No hay comentarios

Escribe un comentario



Los comentarios aquí publicados no reflejan de ningún modo la opinión de Tuslances.com. Este blog se reserva el derecho a eliminar los mensajes que no considere apropiados para este contenido. AVISO: La IP de los usuarios queda registrada, cualquier comentario ofensivo será eliminado sin previo aviso.

Este espacio tiene unos criterios de moderación independientes a Tuslances.com y a sus foros públicos, serán los editores de este espacio los responsables de las acciones de control de los comentarios de este canal y será a ellos a los que habrá que realizar las reclamaciones que sean oportunas.



Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar tu experiencia y nuestros servicios analizando la navegación en nuestra web. Si continúas navegando, consideramos que aceptas la Política de Cookies x